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| Aporte de 5% sobre Tickets y otras Partidas |
MODIFICACION DE TASA DE APORTES PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL ART. 167 LEY 16.713Vigencia - Enero 2010 Se informa a los contribuyentes que a partir de enero/2010, se modifica la tasa de aporte patronal jubilatorio sobre las prestaciones incluidas en el Art. 167 de la Ley 16.713 de 3/9/95, situándose la misma en el 5%, de conformidad con lo establecido por el art. 92 de la Ley de Reforma Tributaria N° 18.083 de 27/12/06. Se recuerda que dicha norma dispone gravar los importes correspondientes a las prestaciones de alimentación, prestaciones médicas, seguros y gastos de transporte, con aportes patronales jubilatorios en forma gradual, habiendo comenzado en enero./2009 con una tasa del 2,5%, pasando desde enero/ 2010 al 5% y a partir de enero/2011 al 7,5%. Las prestaciones comprendidas, por aplicación del art. 167 de la Ley 16.713 de 3/9/95, no pueden superar el límite del 20% de la remuneración del trabajador (*). Para la declaración de dicho importe en Nóminas se utiliza el Concepto 7 y de tratarse de un complemento se declara en el Concepto 9. Por mayor información comunicarse con Asistencia al Contribuyente a través del teléfono 0800 2001 o en forma presencial en los locales de ATyR de Sarandí 570 PB, Sucursal Cordón en Colonia 1851 PB, así como en Sucursales y Agencias del Interior del País. (*) Se considera la retribución que el trabajador recibe en efectivo por conceptos que constituyen materia gravada. |



