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Escrito por Administrator    Lunes 14 de Diciembre de 2009 14:24    PDF Imprimir Correo electrónico
Certificados

CERTIFICADO ÚNICO (COMÚN)


Sec. Certificados - Sarandí 570 1er. Piso - Horario: 9:15 a 16:00
Adjuntar Timbre Profesional (timbre A.TyR.)*


A partir del 10 de noviembre de 2008 en la Sucursal Cordón de ATyR. (Colonia 1851 P. B. Sector Eduardo Acevedo) se expiden certificados únicos.

Para los casos de  la primera tramitación del Certificado debe concurrir personalmente.-
Renovaciones se tramitan telefónicamente: 916.13.00 Int. 264 o personalmente.

Este Certificado Habilita a:

• Realizar cobros a cualquier título, en Organismos Estatales con excepción de los correspondientes a salarios, sueldos, dietas, jubilaciones y demás asignaciones similares y complementarias
• Tramitar permisos de importación
• Percibir beneficios por exportaciones
• Distribuir utilidades y presentar balances para su autorización
• Reformar estatutos o contratos sociales
• Otorgar promesa de bienes inmuebles en régimen de propiedad horizontal proyectados o en construcción
• Ceder cuotas sociales de S.R.L., y las correspondientes a socios comanditarios en las Sociedades en Comandita
• Enajenar y gravar vehículos automotores, exceptúase las prendas de automotores cuando se efectúen con el objeto de garantizar el pago de su precio o saldo del mismo por la empresa que lo adquiera
• Obtener créditos en Instituciones Públicas o Privadas del sistema financiero nacional.

VIGENCIA: 180 días.

• El costo del timbre profesional con vigencia enero de 2008 es de $82.

CERTIFICADO ESPECIAL


Sarandí 570, 1er. piso de 9.15 hs. a 16.00 hs.

Atención Personalizada de Certificados Especiales: consultas sobre los requisitos para solicitud de Certificados Especiales, aspectos técnicos e Ingreso de Solicitudes.

Atención Personalizada de Asistencia al Contribuyente: consultas sobre estados de una solicitud, entrega de reporte de observaciones, verificación de condiciones para retiro de certificados y entrega de formularios, también disponible en los puestos de Sucursal Cordón de ATyR. de Asistencia al Contribuyente.

Atención telefónica: a través de los teléfonos 916 13 00 Internos 234,240 y 371 de Asistencia al Contribuyente se brinda información respecto del estado de solicitudes y trámites varios.

Atención por Internet: las consultas por Internet se canalizan por técnicos de Certificados especiales, a través de la dirección de correo electrónico.

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Este trámite requiere el timbre A.TyR: el costo del mismo es de $82)

Habilita a:

• Enajenar total o parcialmente o ceder promesas: de enajenación de establecimientos comerciales, industriales o agropecuarios, inclusive alguno de sus giros o elementos de producción.
• Enajenar total o parcialmente o ceder promesas de enajenación, disolver, liquidar, clausurar, fusionar, absorber, escindir o transformar empresas unipersonales o sociedades comerciales, industriales o agropecuarias, cualquiera sea la forma jurídica adoptada.
• Enajenar vehículos de transporte de pasajeros de usos públicos, tanto colectivo como individual o transporte de carga.
• Enajenar o gravar bienes inmuebles o ceder promesas de enajenación de dichos bienes con excepción de las situaciones previstas en el art. 10 del Dec. N° 95l/975, que se regirán por el numeral (9) del art. 664 de la ley N° 16.170.
• Enajenar o gravar diques flotantes, aeronaves o buques y demás embarcaciones, con excepción de las dedicadas a la actividad deportiva.
• Otorgar contratos de prenda agraria o industrial, con excepción de los referidos a los vehículos incluidos en el numeral (8) del art. 664 de la ley N° 16.170.
• Existiendo convenio de pago al amparo de Leyes Nos. 14.306, 16.170, 16.244 o 16.694 se expedirán Certificados Especiales, condicionados a presentación de GARANTÍA, (prenda, hipoteca o aval Bancario).
• Se podrá otorgar Certificado Unico Especial, aún cuando existan adeudos liquidados, si el contribuyente ha interpuesto recursos administrativos y los mismos se encuentren pendientes de resolución con las siguientes salvedades:
Cuando se enajene totalmente un establecimiento industrial, comercial o agropecuario, o un bien inmueble que se encuentre gravado con derecho real por obligaciones del tributo de construcción (Ley 14.411 -  Art. 9°), o cuando los adeudos con recursos administrativos pendientes de resolución sean superiores al equivalente del importe de seis obligaciones mensuales, se adoptarán las medidas cautelares o se iniciarán las ejecuciones correspondientes o se dispondrá la constitución de una garantía suficiente, en forma previa a la expedición del Certificado, (RD. 35- 13/96, Com. 288/96).

• Pueden solicitar la expedición del Certificado Unico Especial, las personas que a la fecha que motiva el acto de solicitud se encuentren registradas como contribuyentes del Banco de Previsión Social (generen o no obligaciones tributarias con el mismo).

Consulte el estado del certificado.


DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR

Prenda Industrial

Prenda Agraria o Maquinaria

Gravámenes

Compra y Gravámen Simultáneo

Clausuras y Disoluciones

Cambios de Naturaleza Jurídica

Enajenaciones

Cesiones

Otros

Información Mínima que deben contener los Certificados Notariales que se requieren:

• Cuando se trate de Certificado Notarial que indique "Certificado Especial controlado en escrituras precedentes", éstos deberán especificar que el mismo se controló, indicando N° de Certificado, fecha de expedición, Oficina que lo expidió y qué acto habilitaba a realizar.-

 

PRENDA INDUSTRIAL

• Presentación personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de CI) del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Si es contribuyente por construcción, identificación de padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no es contribuyente por construcción y la misma es posterior al 22/3/71, Certificado Notarial que indique Cert. Especial controlado al momento de la compra; Declaración Jurada por el período posterior con Certificado controlado.
• Si no es contribuyente por construcción y si la construcción es anterior al 22/3/71, Declaración Jurada correspondiente.

PRENDA AGRARIA O MAQUINARIA

• Sólo la solicitud que indique el motivo de la misma y fotocopia de C.I., de titular o apoderado registrado, personalmente o por fax.-

GRAVÁMENES

1. Gravámenes Diques Flotantes, Aeronaves Buques y demás Embarcaciones

• Solicitud, con el motivo de la misma y fotocopia de C.I. de titular o apoderado registrado, con determinación del bien, personalmente o por fax. En caso de bienes que hubieran sido explotados por terceros, la solicitud deberá ser personal y se deberá presentar además Certificado Notarial indicando el período de explotación, tipo de contrato y afiliación de quien o quienes efectuaron la explotación.

2. Gravámenes Inmuebles Rurales

• Presentación personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Fotocopias de Declaraciones Juradas Ley 15.852.
• Certificado Notarial que indique el Proceso Dominial y Descripción de la Explotación por los últimos 10 años si la adquisición fué anterior; o no existió Certificado Especial controlado al momento de la compra.
• Si la adquisición ya se hubiera controlado, el Escribano lo indicará y certificará su titularidad y explotación a partir del momento de la compra.
• Si existen inmuebles afectados a Industria y Comercio, además de estos requisitos se deben cumplir los que rigen para inmuebles urbanos.

3. Gravámenes Inmuebles Urbanos

• Es necesaria la concurrencia personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Si es contribuyente por Construcción, deberá identificar los padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no es contribuyente por construcción y la misma es posterior al 22/03/71, Certificado Notarial que indique el certificado especial controlado al momento de la compra; y Declaración Jurada de Construcción por el período posterior al Certificado Especial. controlado.
• Si no es contribuyente por Construcción y si la construcción es anterior al 22/03/71 se requiere la Declaración Jurada correspondiente.

COMPRA Y GRAVAMEN SIMULTÁNEO

1. Inmuebles Urbanos

• Debe concurrir personalmente (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I. y del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Además deberá acompañar un Certificado Notarial que indique la realización simultánea de las operaciones de compra y gravamen, con indicación de la fecha de toma posesión. En caso de haber tomado posesión anterior del bien, si se realizaron construcciones posteriores, deberá identificar los padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no se realizaron construcciones, es necesario presentar una Declaración Jurada de Construcción, desde la toma de posesión.

2. Inmuebles Rurales

• Deberá concurrir personalmente (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial. Y deberá adjuntar Certificado Notarial que indique la realización simultánea de las operaciones de compra y gravamen, con indicación de fecha de toma posesión. En caso de haber tomado posesión anterior del bien, Fotocopias de las Declaraciones Ley 15852, y si se realizaron construcciones posteriores, deberá identificar los padrones donde se asientan las construcciones. Si no se realizaron construcciones: deberá formular Declaración Jurada de Construcción, desde la toma de posesión.

3. Compra y gravamen simultáneo de Inmuebles

• El Escribano deberá cerificar los siguientes extremos:
1. cuál es la operación a realizar y la simultaneidad de la enajenación con la constitución del gravamen
2. el hecho de existir o no toma de posesión por parte del adquirente-hipotecante. Si hubiere tomado posesión indicar la fecha.


CLAUSURAS - DISOLUCIONES

• Deberá presentar solicitud que indique el motivo de la misma y fotocopia de C.I. de titular o apoderado registrado, personalmente o por fax. Para empresas rurales, la solicitud se deberá efectuar personalmente, adjuntando además Fotocopias de las Declaraciones Juradas por ley 15.852.-

CAMBIO DE NATURALEZA JURÍDICA

• Presentación personal (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I., y formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Fotocopia autenticada del contrato con firmas certificadas o Testimonio Notarial del Acta de Asamblea o Certificado Notarial en su caso.-

ENAJENACIONES

1. Para el caso de Enajenaciones en General

• Se deberá identificar al sucesor y la fecha de toma de posesión del bien.

2. Enajenaciones de Vehículos de Carga en Empresa Rural

• Presentación personal (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I., formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Certificado Notarial indicando que el vehículo se encuentra afectado a tareas rurales, los períodos en que se dio esta situación y las empresas a las que estuvo afectado.
• Fotocopia autenticada de compromiso de compra-venta con firmas certificadas.
• Si no surge del compromiso la fecha de toma de posesión por parte del comprador: deberá acompañar Certificado Notarial que lo indique o copia autenticada del Acta de Toma de Posesión.
• Certificado Notarial que certifique la titularidad, fecha de adquisición, datos del Certificado Especial controlado al momento de la compra, si ésta fué posterior a 12/89 o Certificado Especial con el cual se compró.

3. Enajenaciones de Establecimientos Comerciales Industriales o Agropecuarios

• Presentación personal (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I., formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Fotocopia autenticada de compromiso de compra-venta o escritura con firmas certificadas.
• Si no surge del compromiso, la fecha de toma de posesión por parte del comprador, Certificado Notarial que lo indique o copia autenticada del Acta de Toma de Posesión.

4. Enajenaciones de Sucursales

• Presentación personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial. Fotocopia autenticada de compromiso de compraventa con firmas certificadas o Certificado Notarial donde se expresen datos de la venta, nombre del comprador y fecha de toma de posesión por parte del comprador o fecha presunta.

5. Enajenación de Inmuebles Rurales

• Presentación personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.,) del formulario de solicitud de C. Especial.
• Fotocopias de las Declaraciones Ley 15852.
• Certificado Notarial desde la última adquisición, con determinación del Certificado Especial  controlado en la misma, e identificación del sucesor y fecha de toma de posesión de éste. Explotación a partir de la adquisición con Certificado especial con un máximo de 10 años.
• Si adquirió sin haber tramitado Certificado Especial: descripción del Proceso Dominial y Explotación desde los últimos 10 años, con identificación del sucesor y fecha de toma de posesión de éste.
• Si se realizaron construcciones: identificación de padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no se realizaron construcciones: Declaración Jurada de Construcción, desde la toma de posesión.

6. Enajenaciones de Inmuebles Urbanos

• Presentación personal (titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud e Certificado Especial.
• Si es contribuyente por construcción: identificación de padrones donde se asientan los construcciones.
• Si no es contribuyente por construcción y la misma es posterior al 22/03/71, Certificado Notarial que indique el certificado especial controlado al momento de la compra; Declaración Jurada de Construcción por el período posterior al certificado especial  controlado.
• Si no es contribuyente por construcción y si la construcción es anterior al 22/03/71, Declaración Jurada correspondiente.

7. Enajenación de Vehículos de Carga o Transporte Diques Flotantes, Aeronaves, Buques y demás Embarcaciones

• Deberá concurrir personalmente (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I., del formulario de Solicitud de C. Especial.
• Fotocopia autenticada de compromiso de compra-venta con firmas certificadas.
• Si no surge del compromiso la fecha de toma de posesión por parte del comprador, Certificado Notarial que lo indique o copia autenticada del Acta de toma de Posesión.-
• En caso de bienes que hubieran sido explotados por terceros, Certificado Notarial indicando el período de explotación, tipo de contrato y afiliación de quien o quines efectuaron la explotación.-

 

CESIONES

1. Cesión de Derechos de Promesas de Enajenación de Establecimientos Comerciales

• Presentación personal (Titular o apoderado registrado, con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Fotocopia autenticada de la escritura de cesión , o de la cesión de derechos de promesa de compraventa con firmas certificadas.
• Si no surge de la cesión fecha de toma de posesión, Certificado Notarial que lo indique o copia autenticada del Acta de Toma de Posesión.

2. Cesión de Derechos de Promesas de Enajenación de Inmuebles Urbanos

• Presentación personal (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I. del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Certificado Notarial con los datos de la cesión proyectada (partes intervinientes, fecha del negocio y toma de posesión).
• Si el cedente no tomó posesión del bien: el Certificado Notarial deberá  indicar eso.
• Si el cedente hubiera tomado posesión del bien y se realizaron construcciones posteriores deberá identificar de padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no se realizaron construcciones: Declaración Jurada de Construcción, desde la toma de posesión.

3. Cesión de Derechos de Promesas de Enajenación de Inmuebles Rurales

• Presentación personal (titular o apoderado registrado con fotocopia de C.I.) del formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Certificado Notarial con los datos de la cesión proyectada (partes intervinientes, fecha del negocio y toma de posesión).
• Si el cedente no tomó posesión del bien Certificado Notarial que indique esto.
• Si el cedente tomó posesión del bien, fotocopias de las Declaraciones Ley 15852.
• Si el cedente hubiera tomado posesión del bien y se realizaron construcciones posteriores, identificación de padrones donde se asientan las construcciones.
• Si no se realizaron construcciones, Declaración Jurada de Construcción, desde la toma de posesión.

4. Cesiones de Promesas de Enajenación de Inmuebles Urbanos

• Cuando no se tomó posesión el Escribano deberá certificar tal extremo.

5. Cesiones de Promesas de Enajenación de Inmuebles Rurales

• El Certificado Notarial deberá indicar quién es el cedente, el cesionario, cual es la promesa que se cede y si el cesionario ha tomado o no posesión.
• Para los casos de Certificados Notariales que sustituyan las fotocopias autenticadas de documentación original detallada en requisitos, los mismos deberán contener todos los datos que figuran en el documento original.

VENTA O GRAVAMEN

1. Venta o gravamen de Inmuebles Rurales

• El Certificado Notarial deberá contener:
a. Descripción del o los padrones por los cuales se solicita el C.E., indicando N° de padrón, Departamento, Sección Judicial o localidad Catastral, zona (rural o suburbana) y sup., solar y/o fracción si correspondiere, relacionar planos de fraccionamiento si éstos fueran posteriores a la vinculación del contribuyente con el Organismo.
b. Título Adquisitivo de dominio con fecha de toma de posesión.
c.  Explotación. Quién o quienes han explotado dicho/s inmueble/s, en qué calidad (propietario, arrendamiento con o sin contrato, comodatario, pastoreante, medianero) y en qué períodos (mes y año).

2. Venta o Gravamen de inmuebles Urbanos

• El Certificado Notarial deberá indicar cuál Certificado Especial  se ha tenido a la vista o consta en el proceso dominial, que sea posterior a la época en que fueron realizadas las construcciones que existen en el inmueble.

 

OTROS

1. Fusión, Escisión, Transformación o Absorción

• Deberá concurrir personalmente (titular o apoderado registrado) con fotocopia C.I., y formulario de Solicitud de Certificado Especial.
• Testimonio Notarial del Acta de Asamblea, fecha del acto, voluntad y resultado del mismo.-

2. Vehículo de Carga en Empresa Rural

• El Certificado Notarial deberá indicar que el vehículo se encuentra afectado a tareas rurales, indicando períodos en que se dio esta situación y empresas en las que estuvo afectado, titularidad, fecha de adquisición, datos del certificado del B.P.S. controlado al momento de la compra si ésta fué posterior al 12/89 o Certificado especial con el cual se compró.

3. Cambios de Firma

• Presentación personal (titular o apoderado registrado) con fotocopia de C.I., formulario de Solicitud de C. Especial.
• Fotocopia autenticada del compromiso de compraventa o escritura con firmas certificadas.
• Si no surge del compromiso la fecha de toma de posesión por parte del comprador, Certificado Notarial que lo indique o copia autenticada del Acta de Toma de Posesión.


Ultima actualización ( Jueves 28 de Enero de 2010 16:50 )